El Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificó las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para combatir el “huachicol” fiscal, que es el contrabando de combustibles evadiendo impuestos. Además actualizó otros procesos de importación.
Publicó el Gobierno de México la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025 y a sus Anexos 1, 2 y 5, donde resaltan los cambios que endurecen la trazabilidad y los permisos para la importación y exportación de hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos y azufre.
Combate al huachicol fiscal.
La resolución cambia muchos ámbitos comerciales, pero el más destacado es el endurecimiento y rastreo de los combustibles importados.
Ocurre semanas después de que se destapó la red de huachicol fiscal que habría significado un impacto de 500 mil millones de pesos evadidos por contrabando de combustible. La FGR investiga que estaría coludida la Secretaría de Marina (Semar).
El SAT ahora establece nuevas causas para suspender en padrones a distintas importadoras. También incluye más documentación para poder rastrear el verdadero origen de los combustibles.
Cambios de reglas para combatir huachicol.
Las reglas 2.4.1 y 2.4.2 ahora:
- Obligan a las empresas a acreditar concesiones, permisos o contratos vigentes ante la Secretaría de Energía (Sener), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) antes de obtener o renovar autorizaciones para operar en lugares distintos a las aduanas oficiales.
- Las instalaciones deberán contar con permisos para carga, descarga o trasvase, accesos adecuados para inspección y equipo de seguridad disponible para las autoridades.
- Cada año, los contribuyentes deberán presentar dictámenes de calidad de los combustibles y contratos con laboratorios acreditados.
Mientras que la regla 3.7.32 autoriza que los pedimentos y CFDI puedan emitirse a nombre de filiales o subsidiarias del grupo con permisos válidos.
Con esto, el SAT busca mayor trazabilidad y control en las operaciones del Sector 13 (Hidrocarburos y Combustibles), una medida que se alinea con el combate al huachicol fiscal para evitar que suceda como en el sexenio anterior.
Los demás cambios de reglas.
Rectificación de pedimentos.
La regla 6.1.1 permite que importadores y exportadores rectifiquen sus pedimentos las veces que sea necesario antes de activar el semáforo aduanero.
Una vez activado, solo podrán hacerlo por errores administrativos o menores, y en otros casos deberán solicitar autorización única ante la ACAJACE o la DGOA. Esta medida pretende evitar manipulaciones en los documentos que respaldan las operaciones aduaneras.
Paso libre en Aduanas a bienes de mexicanos deportados.
La regla 3.2.3 aumenta la franquicia para pasajeros a 500 dólares, sin importar si ingresan por vía terrestre, aérea o marítima.
En los periodos del programa “Héroes Paisanos”, se mantiene el mismo monto, y quienes compren en franjas fronterizas podrán acreditar la compra con comprobante fiscal.
Asimismo, la regla 3.2.11 permite a mexicanos repatriados o en retorno importar, una sola vez, mercancías usadas adicionales a su equipaje y hasta 1,000 dólares en franquicia acumulable por familia, siempre que viajen juntos.
Si el repatriado no puede realizar el trámite, podrá autorizar a un tercero para hacerlo ante el INM y la autoridad aduanera.
Conductores en tráfico internacional.
La regla 3.3.17 amplía el equipaje permitido para conductores en tráfico internacional: podrán ingresar dos tabletas electrónicas y dos computadoras portátiles, con sus accesorios.
Cuadernos ATA.
El SAT reformó las normas aplicables a las asociaciones garantizadoras y expedidoras de Cuadernos ATA, documentos que facilitan la importación temporal de mercancías.
Las reglas 3.6.1, 3.6.13 y 3.6.14 establecen que estas asociaciones deberán presentar una garantía anual ante la Tesorería de la Federación (TESOFE), llevar registros electrónicos y reportar mensualmente sus operaciones.
Si incumplen estas obligaciones, aparecen en los listados del CFF 69/69-B/69-B Bis o no cuentan con sellos digitales vigentes, el SAT podrá cancelar su autorización.
Estas disposiciones entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2025, y los reportes mensuales deberán enviarse a partir de diciembre de 2025.
Mundial 2026: importación temporal con control aduanero.
La regla 4.2.21 introduce un esquema para la importación temporal de mercancías relacionadas con la Copa Mundial FIFA 2026, mediante el formato A10.
El despacho podrá realizarse solo en 20 aduanas específicas (entre ellas, AICM, AIFA, Monterrey, Cancún, Veracruz y Tijuana).
Si alguna mercancía autorizada sufre daños y debe destruirse, se requerirá autorización conforme a la ficha 101/LA.
Extensión para empresas de la canasta básica
Por último, el SAT prorrogó los beneficios del Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica.
Las empresas registradas que cumplan con la regla 1.3.13 a más tardar el 9 de enero de 2026 podrán seguir aplicando las reglas 1.3.9, 1.3.10, 1.3.11 y 1.3.12 hasta el 31 de marzo de 2026.
Solo se podrán incluir fracciones arancelarias vinculadas con contratos vigentes presentados bajo dicha regla.




